EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES DE CATEGORÍA DE BIENES DE INTERÉS CULTURAL
Radique aquí su solicitud expedición de certificaciones de categoría de Bienes de Interés Cultural
Recuerde que para usar los servicios de nuestra plataforma deberá de registrarse primero a través del siguiente siguiente botón:
Registro
Descripción del Servicio
El IDPC busca resolver las solicitudes de la ciudadanía, usuarios y partes interesadas relacionadas con la declaratoria asignada a los inmuebles como Bienes de Interés Cultural del Distrito Capital (BIC), informando si:
- El inmueble se encuentra declarado.
- El inmueble es colindante con un inmueble de interés cultural.
- Si el inmueble está localizado en un Sector de Interés Cultural (SIC).
Pasos para acceder al servicio
Importante
Desde el mes de diciembre de 2022, el IDPC presta este servicio de manera virtual en el enlace "A un clic del Patrimonio cultural" .
Debe registrarse y seguir los pasos que ahí se indican.
- Requisitos:
- Dirección del predio objeto de la consulta.
- CHIP del predio objeto de la consulta.
- Un correo electrónico para recibir información de parte del IDPC.
- Un número de contacto.
Si necesita una atención personalizada, podrá agendar una cita en la línea telefónica 3550800 ext.5020 , al celular 3158695159 , ó al correo electrónico atencionciudadania@idpc.gov.co .
Tiempo de respuesta:
- Si el inmueble objeto de la consulta se encuentra incluido en el anexo del Decreto Distrital 560 del 2018 y sus modificaciones, o en la resolución 088 de 2021, el certificado será emitido automáticamente.
- Si el inmueble objeto de la consulta NO se encuentra incluido en el Decreto o la resolución mencionada, automáticamente se generará un radicado a la solicitud para que el IDPC realice un estudio técnico específico sobre el predio y poder dar una respuesta en un tiempo de 30 días hábiles.
Costo:
El servicio NO tiene ningún costo.
Normatividad
- Ley 1185 de 2008, Art 1. Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 – Ley General de Cultura– y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 190 de 2004, Articulo 125. “Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003.”
- Decreto 606 de 2001, Articulo 18. Por medio del cual se adopta el inventario de algunos Bienes de Interés Cultural, se define la reglamentación de los mismos y se dictan otras disposiciones.
- Ley 397 de 1997. Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
- Ley 1755 de 2015. Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
- Ley 1801 de 2016. Por el cual se expide el código nacional de policía y convivencia. Decreto 1080 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.
- Decreto 070 de 2015 Por el cual se establece el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, se reasignan competencias y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 560 de 2018 Por medio del cual se define la reglamentación urbanística aplicable a los Bienes de Interés Cultural del ámbito distrital y se dictan otras disposiciones.
- Decreto Nacional 1077 de 2015. Decreto Único Reglamentario del sector Vivienda, Ciudad y Territorio.